Permiso de publicidad COFEPRIS: requisitos, costo y plazo
Cuándo necesita tu clínica un permiso de publicidad de la COFEPRIS, qué requisitos pide, cuánto cuesta en 2026, cuánto tarda y cómo se tramita.
CEO & Fundador, Hillflare

El permiso de publicidad es la autorización previa que da la COFEPRIS para anunciar ciertos productos y servicios de salud. Lo necesitan las clínicas, hospitales y demás establecimientos que anuncian servicios que no se prestan de forma individual, y quienes anuncian servicios y procedimientos de embellecimiento. Se tramita antes de publicar, tiene un costo de derechos y la COFEPRIS debe responder en siete días hábiles; si no responde, el permiso se entiende otorgado.
Si eres un médico que anuncia sus propios servicios, lo que necesitas normalmente es un aviso, no un permiso. Lo explicamos en la guía del aviso de publicidad COFEPRIS.
En resumen
Una clínica que anuncia sus servicios en internet necesita un permiso de publicidad antes de publicar. Se tramita con cita en el Centro Integral de Servicios de la COFEPRIS, se paga por producto y tipo de mensaje, y cada versión nueva del anuncio debe cumplir las condiciones del permiso.
¿Quién necesita un permiso de publicidad de la COFEPRIS?
El artículo 79 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad lista la publicidad que requiere permiso. Estos son los casos que más aplican a clínicas y consultorios:
- Servicios de salud, salvo los que se prestan de forma individual. Es el caso de clínicas, hospitales, laboratorios y otros establecimientos.
- Servicios y procedimientos de embellecimiento, es decir, técnicas, aparatos o productos que buscan modificar la apariencia del cuerpo.
- Medicamentos de libre venta y remedios herbolarios, cuando la publicidad se dirige al público en general.
- Suplementos alimenticios y productos biotecnológicos.
- Equipos médicos, prótesis e insumos odontológicos, cuando la publicidad se dirige al público en general.
Los medicamentos que requieren receta no pueden anunciarse al público en general; su publicidad solo puede dirigirse a profesionales de la salud.
Cirugía estética: confirma antes de publicar
El reglamento no aclara si la publicidad de un cirujano plástico que atiende de forma individual va con aviso o con permiso. Lo que sí exige la ley es mostrar la cédula de especialista, el certificado vigente y atender en establecimientos con licencia sanitaria. Confirma con la COFEPRIS qué trámite te corresponde.
¿Qué requisitos pide la COFEPRIS para el permiso de publicidad?
Desde la reforma publicada en el DOF el 28 de abril de 2025, el permiso para servicios de salud y procedimientos de embellecimiento es la modalidad A del trámite COFEPRIS-02-001-A. Según ese acuerdo y la ficha del trámite, debes presentar:
- El formato de publicidad FF-COFEPRIS-13, con el número de licencia sanitaria, aviso de funcionamiento o registro sanitario que corresponda.
- El comprobante de pago de derechos.
- El proyecto de publicidad, es decir, el anuncio tal como se va a difundir.
- La documentación que respalde las afirmaciones del anuncio, como estudios, títulos, cédulas o constancias de cursos.
- La licencia sanitaria del establecimiento, en el caso de servicios de salud.
- El documento que acredite la representación legal, si el trámite lo presenta alguien más.
El reglamento también pide describir la difusión: el medio que se usará, la duración del anuncio, el número de versiones, el título de cada anuncio y la agencia de publicidad.
¿Cuánto cuesta el permiso de publicidad en 2026?
El permiso se paga conforme al artículo 195 de la Ley Federal de Derechos, por cada producto y tipo de mensaje. La ficha oficial del trámite indica que el pago es por producto, por medio publicitario y por versión.
| Medio | Derechos 2026 (MXN) |
|---|---|
| Televisión e internet | $44,252.23 |
| Anuncios en exteriores | $6,196.26 |
| Cine, video en lugares públicos cerrados y transporte | $4,905.39 |
| Radio | $3,485.40 |
| Prensa | $1,161.80 |
| Folletos, catálogos y carteles | $800.35 |
El monto para televisión e internet subió de $33,959.31 en 2025 a $44,252.23 en 2026, por la reforma publicada en el DOF el 7 de noviembre de 2025. Si encuentras cifras distintas en otros sitios, probablemente corresponden a años anteriores.
Para una clínica que anuncia en Google, Facebook o Instagram, el concepto que aplica es "Televisión e internet": $44,252.23 por producto y tipo de mensaje en 2026.
¿Cuánto tarda y qué pasa si la COFEPRIS no responde?
El acuerdo de abril de 2025 redujo el plazo de respuesta a siete días hábiles, siempre que la solicitud no requiera información adicional. Si la COFEPRIS detecta que falta algo, puede prevenirte dentro de los primeros tres días hábiles y tendrás cinco días hábiles para responder, según la ficha del trámite.
Si el plazo se cumple sin respuesta, el permiso se tiene por otorgado; es lo que se conoce como afirmativa ficta (artículo 80 del reglamento). Una vez otorgado, el permiso no tiene fecha de vencimiento, pero no puedes modificar el anuncio de forma que cambien las características que se autorizaron. Una versión distinta requiere su propio trámite.
Planea las versiones de tus anuncios
Como el pago y la autorización se hacen por mensaje, conviene definir desde el inicio qué versiones vas a usar en tus campañas. Cambiar textos o imágenes después puede obligarte a tramitar un permiso nuevo.
¿Cómo se tramita el permiso de publicidad?
La página del permiso de publicidad de la COFEPRIS y la ficha del trámite indican que se presenta de forma presencial en el Centro Integral de Servicios (CIS), con cita previa en citas.cofepris.gob.mx. A diferencia del aviso, el formato del permiso no se envía por DIGIPRiS.
Algunos estados tienen facultades para emitir permisos de publicidad de servicios médicos y procedimientos de embellecimiento cuando el anuncio se difunde solo en medios de ese estado; por ejemplo, Jalisco tiene un acuerdo de coordinación con la COFEPRIS. Si la publicidad llega a dos o más estados, el trámite es federal. Para campañas en internet, confirma con la autoridad qué instancia te corresponde.
¿Qué debe incluir y evitar la publicidad de una clínica?
El permiso no se otorga si el anuncio no cumple con la ley. Estas son las reglas principales:
- Informa el servicio. El anuncio debe explicar el tipo, las características y la finalidad del servicio, y cómo acceder a él.
- Muestra la clave de autorización. La Ley General de Salud pide que la clave de autorización aparezca en el material publicitario impreso. La COFEPRIS recomienda incluir también el número de permiso en otros medios.
- Identifica a los profesionales. Si el anuncio presenta a un médico, debe mostrar la institución que expidió su título, su número de cédula y, en su caso, su certificado de especialidad.
- No ofrezcas tratamientos sin eficacia comprobada. Es una de las causas por las que el reglamento niega la autorización.
- Acredita que tienes el personal y el equipo adecuados. El reglamento también niega el permiso cuando el establecimiento no lo demuestra.
- En procedimientos de embellecimiento, advierte riesgos. El anuncio debe mencionar los riesgos, las contraindicaciones y los efectos secundarios, limitarse a resultados reales y no atribuir efectos terapéuticos.
¿Qué sanciones hay por incumplir?
La Ley General de Salud fija las multas en Unidades de Medida y Actualización. En 2026 una UMA vale $117.31.
| Infracción | Fundamento | Multa | Equivalente en 2026 |
|---|---|---|---|
| No mostrar la clave de autorización en impresos | LGS, art. 420 | De 2,000 a 6,000 UMA | De $234,620 a $703,860 |
| Incumplir los requisitos de la publicidad | LGS, art. 421 | De 6,000 a 12,000 UMA | De $703,860 a $1,407,720 |
| Publicidad que el reglamento no permite autorizar, entre otras | Reglamento, art. 111 | De 6,000 a 8,000 UMA | De $703,860 a $938,480 |
| Infracciones sin una sanción específica | LGS, art. 422 | Hasta 16,000 UMA | Hasta $1,876,960 |
La multa se duplica en caso de reincidencia, y la autoridad puede suspender el anuncio. En agosto de 2026 la COFEPRIS informó la suspensión de 31,155 anuncios irregulares en redes sociales y plataformas de comercio electrónico.
¿Y las políticas de Google y Meta?
El permiso de la COFEPRIS y las políticas de las plataformas son independientes. Tener un permiso no garantiza que Google o Meta aprueben un anuncio, y que una plataforma lo apruebe no significa que cumpla con la ley mexicana. Por ejemplo, Meta exige que los anuncios de procedimientos estéticos se dirijan solo a mayores de 18 años.
Esta guía no es asesoría legal
Resume la Ley General de Salud, el Reglamento en Materia de Publicidad, la Ley Federal de Derechos y la información oficial del trámite vigentes al 22 de septiembre de 2026. Para un caso específico, consulta a la COFEPRIS o a un abogado especializado en regulación sanitaria.
¿Cómo lo manejamos en Hillflare?
Cuando trabajamos la publicidad médica de una clínica, definimos desde el inicio las versiones de los anuncios y revisamos que cada una respete lo que pide la ley. Así el permiso cubre lo que realmente se va a publicar. Si quieres saber cuánto cuesta el trabajo de una agencia además de los trámites, revisa cuánto cobra una agencia de marketing médico.
Fuentes oficiales
- Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad, artículos 16 a 19, 63 a 65, 79 a 83 y 111.
- Ley General de Salud, artículos 83, 272 Bis 2, 301, 304, 306 y 419 a 423.
- Acuerdo publicado en el DOF el 28 de abril de 2025 y página del permiso de publicidad de la COFEPRIS.
- Ley Federal de Derechos, artículo 195.
- Valor de la UMA 2026, INEGI.
¿Te resultó útil este artículo?
Habla con un experto en marketing médico
Agenda una llamada gratuita y descubre cómo Hillflare puede hacer crecer tu clínica.
Agendar consulta gratuita →